El Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas tomó una decisión contundente: sancionó a tres medios de comunicación que operan en Facebook por cometer violencia política contra las mujeres en razón de género. Las afectadas son dos diputadas de la 69 Legislatura del Congreso del Estado.
En una sesión pública transmitida en vivo este viernes, el Consejo General del IEPC determinó que quienes administran las páginas Portal Revolución, Ruleta Política y Expediente Chiapas incurrieron en responsabilidad administrativa. ¿El motivo? Modificaron y difundieron imágenes fuera de contexto para armar una narrativa sexista en contra de las legisladoras.
La resolución detalla que estas publicaciones buscaban desacreditar la trayectoria política de una de las denunciantes. En lugar de debatir su desempeño en el Congreso, trasladaron la discusión a su vida privada, atribuyendo su crecimiento político a una supuesta relación personal.
Al presentar los argumentos del fallo, la autoridad electoral señaló que las personas responsables:
“modificaron, difundieron y presentaron fuera de contexto imágenes y mensajes relacionados con la quejosa, atribuyéndole una relación personal con otra persona y construyendo a partir de ello una narrativa orientada a descalificarla públicamente”.

El IEPC dejó claro que este tipo de publicaciones rebasan por completo los límites de la libertad de expresión, ya que no se trata de una crítica al ejercicio de sus funciones. El organismo precisó que, si bien la libertad de expresión protege el análisis de cómo trabaja un funcionario público, este derecho deja de aplicar cuando se abandona ese terreno para recurrir a estereotipos o ataques basados en la vida privada.
Además, la autoridad determinó que se usaron imágenes descontextualizadas y una relación atribuida sin sustento para golpear la imagen pública y la legitimidad política de la denunciante.
Tras el análisis, la resolución acreditó que estas conductas constituyeron violencia simbólica, psicológica, digital y mediática. Además, cumplieron con los elementos de la jurisprudencia 21/2018, al generar un impacto diferenciado por el simple hecho de ser mujer.
El órgano electoral lanzó una advertencia importante: este contenido no solo daña a las víctimas directas, sino que frena la participación política de las mujeres en general, al reforzar prejuicios sobre su capacidad para ocupar cargos públicos. Todo esto se vuelve aún más grave al difundirse en plataformas digitales que amplifican los mensajes e influyen directo en la opinión pública.
¿Cuáles son las sanciones?
Como parte de las medidas de reparación integral, el IEPC ordenó las siguientes acciones:
- Disculpa pública: Los responsables deberán publicar una disculpa por escrito en sus páginas de Facebook durante 30 días naturales.
- Multas económicas: Se impusieron multas individuales equivalentes a 200 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), con montos que van de los 22 mil 628 a los 23 mil 462 pesos.
- Registro de agresores: Los administradores serán inscritos por un año y cuatro meses en el Registro Nacional y Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género (tiempo que incluye una agravante por ser medios de comunicación).
- Capacitación obligatoria: Para evitar que esto se repita, tendrán que cursar y acreditar un taller especializado impartido por la Unidad Técnica de Género y No Discriminación del IEPC, buscando frenar de raíz estas narrativas violentas en el ecosistema digital.

